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El ABC de la iniciativa de reforma constitucional en materia energética

El ABC de la iniciativa de reforma constitucional en materia energética

El pasado 30 de septiembre de 2021, el presidente Andrés Manuel López Obrador presentó ante Cámara de Diputados, un proyecto de decreto para modificar los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución en materia energética, así como nueve artículos transitorios. Esta propuesta considera los siguientes cambios:

 

La CFE sería ahora un organismo del Estado

La CFE pasaría de ser “empresa productiva del Estado” a “organismo del Estado”. Se elimina la estricta separación entre filiales para constituirse como un solo ente, volviendo así a ser una única entidad que administre todas las actividades del sector eléctrico, incluidas la planeación, control, despacho y establecimiento de tarifas para el usuario final.

Como consecuencia, la iniciativa contempla las siguientes acciones:

– CENACE se reincorpora a CFE, y la Secretaría de Energía dejaría de ser la encargada de la planeación del sector eléctrico del país.

– Desaparecen la CNH y la CRE, sus estructuras y atribuciones serían absorbidas por la Secretaría de Energía.

– La CFE establecerá las tarifas de transmisión, distribución y para usuarios finales.

Nueva llamada a la acción

 

54% de la generación de energía sería proveniente de CFE

La CFE queda a cargo de los procedimientos para despachar sus centrales por mérito económico, cumpliendo con criterios de confiabilidad, continuidad y estabilidad. El despacho económico de la generación de energía eléctrica comprenderá que por lo menos el 54% provenga de centrales eléctricas de CFE y hasta en 46%, por parte del sector privado.

Como consecuencia, la iniciativa contempla las siguientes acciones:

– Se requiere la cancelación de todos los permisos de generación eléctrica, contratos de compraventa de energía, las diversas figuras de generación privada y las solicitudes pendientes de resolución.

– La participación en la generación de energía hasta en 46% por parte del sector privado se incorporará mediante un mecanismo de adquisición por parte de la CFE, basado en procedimientos de competencia.

– La CFE establecerá las modalidades y celebrará contratos de cobertura financiera bilateral de largo plazo, para la adquisición de energía eléctrica y capacidad generadora por el sector privado.

– La participación en la generación eléctrica del sector privado se sujetará a la planeación y control a cargo de la CFE y a su regulación para la continuidad y confiabilidad de la electricidad.

– Los permisos de generación en modalidad de Autoabastecimiento y de los Productores Independientes no serán reconocidos ni adquiridos por la CFE en el caso que se considere hayan sido otorgados en contravención a la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica.

Usuarios Calificados tendrán que adquirir energía a CFE.

– Se cancelan los Certificados de Energías Limpias.

Nueva llamada a la acción

 

El Estado en busca del Litio

El Estado explorará y producirá el Litio, considerado como mineral estratégico para el país. En caso, de que esta propuesta se apruebe y publique, no se otorgarán más concesiones mineras; sin embargo, las ya otorgadas con anterioridad no podrán ser afectadas siempre y cuando demuestren que hayan cumplido con los mandatos por las cuales hayan sido otorgadas.

 

El Estado queda a cargo de la Transición Energética

El Estado utilizará de manera sustentable todas las fuentes de energía de las que dispone la Nación, con el fin de reducir las emisiones de gases y componentes de efecto invernadero para lo que establecerá políticas científicas, tecnológicas e industriales necesarias para esta transición, impulsadas por el financiamiento y demanda nacional como palancas de desarrollo.

En lo que respecta a la generación distribuida, se menciona en la sección de Exposición de motivos, como parte del apartado “Transición Energética”, indicando que:

“Se establece el área prioritaria del desarrollo de las industrias requeridas para la Transición Energética. Con ellos se promoverán empresas públicas, sociales y privadas de capital nacional, la ciencia y propiedad intelectual del Estado de tecnologías y equipos críticos; el desarrollo tecnológico nacional, manufactura de bienes de capital, insumos y equipos para usos finales de energía; destinados a la electromovilidad, sistemas de agua-energía para la autosuficiencia alimentaria, iluminación, transformación de minerales estratégicos, industria, comercio, servicios, generación distribuida, almacenamiento de electricidad, entre otros.” (Énfasis añadido)

En el contenido de la iniciativa de decreto no se menciona explícitamente a la generación distribuida, por lo que no hay una referencia concreta de siguientes pasos al respecto. No obstante, podemos rescatar del texto arriba citado un sentido propositivo al desarrollo y crecimiento de la generación distribuida y almacenamiento de electricidad en el país.

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Cabe señalar que, la iniciativa presenta diversas ambigüedades y contrariedades que han desatado comentarios de todo tipo durante la primera semana a partir de su publicación, incluidas ciertas afirmaciones respecto a que la iniciativa afectará a la generación distribuida, a raíz del contenido en el inciso a) de su transitorio segundo que indica que “los permisos de generación eléctrica otorgados y los contratos de compraventa de electricidad con el sector privado, se cancelan, así como las solicitudes pendientes de resolución.” En este sentido, la titular de la Secretaría de Energía, Rocío Nahle afirmó que esta Reforma no plantea eliminar la generación distribuida, al contrario, es el desarrollo en este tipo de tecnología como se ayuda a la transición energética.

Estaremos pendientes de cualquier avance de esta iniciativa de reforma, y de manera puntual de lo que corresponde a la Generación Distribuida.

Nota: El proceso a seguir por esta propuesta para convertirse en reforma constitucional consiste en la aprobación del Poder Legislativo, mediante la mayoría calificada tanto de la Cámara de Diputados como de Senadores, es decir votos a favor de 333 diputados y 85 senadores, adicional a ser aprobada por la mayoría de los Congresos Estatales del país.